este Tribunal EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA Negar, la solicitud de revocatoria de la medida de Privación Judicial Preventiva de libertad al acusado JHONNY ROMER CONTRERAS ROMER, titular de la cedula de identidad N° 11.777.931, de conformidad con lo establecido en el Art. 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisión. Así se decide.
JUEZA DE JUICIO N° 02
ABG. ROMELIA COLLINS FERNÁNDEZ