En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes con Competencia en el Territorio de los estados Cojedes, Aragua y Carabobo, con sede en San Carlos, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
NIEGA la Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de efectos del acto administrativo dictado por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I.), en Sesión Nº 230-09, Punto de Cuenta N° 316, de fecha 07 de Abril de 2009, mediante el cual decidió el Inicio del Procedimiento de Rescate Autónomo y Acuerdo de Medida Cautelar de Aseguramiento decretados sobre las Tierras pertenecientes al predio denominado Hacienda La Majada, ubicado en el Sector El Chorro, parroquia Capital, Municipio Zamora, Parroquia: Valles de Tucutunemo del estado Aragua, constante de una superficie de Setenta y Seis Hectáreas con Tres Mil Ciento Ochenta y Nueve Metros Cuadr.....