En virtud de los razonamientos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara Competente por el Territorio para conocer la presente solicitud de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana ROSSFREICIS DEL VALLE UREA PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.890.621, residenciada en la Jurisdicción del Municipio Tinaco del estado Cojedes, debidamente asistida por la Abogada MELISSA VANESSA MALPICA PÉREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 129.189, en el carácter de Defensora Pública Primera (E) en materia de Protección del Niño, Niña y Adolescente del estado Cojedes, en contra del ciudadano RAMÓN FLORENCIO HEREDIA YNOJOSA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de .....