En orden a los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JOSÉ BETANCOURT GARAY, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.535.209 contra MARIO RUBEN LUCINI Titular de la Cédula de Identidad N° V- 13.733.353.