Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en el Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley acuerda: LA PRORROGA SOLICITADA POR EL FISCAL OCTAVO DEL MINISTERIO PUBLICO POR UN LAPSO DE CINCO AÑOS a partir de la presente resolución todo de conformidad con lo establecido en el articulo 230 Ibídem, en el asunto que se le sigue al acusado RUBEN DARIO SUAREZ CHIRINOS, Segundo: Notifíquese a las partes de la presente decisión, Así se decide