Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, conforme a derecho declara:
PRIMERO: PROCEDENTE EL DERECHO A COBRAR HONORARIOS PROFESIONAELS en fase declarativa del procedimiento de ESTIMACIÓN E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES JUDICIALES, intentada por el abogado OSWALDO MONAGAS POLANCO, actuando en su propio nombre y representación, en contra el ciudadano RIAD ABDUL BAKI, ambos identificados en actas.
SEGUNDO: SE CONDENA al ciudadano RIAD ABDUL BAKI, identificado en actas, al pago de los Honorarios Profesionales del ciudadano abogado OSWALDO MONAGAS POLANCO, una vez que la cantidad a la que asciendan los mismos se encuentre determinada de forma líquida y exigible.
TERCERO: PROCEDENTE la Indexación Judicial solicitada por el demandante, la cual deberá ser realizada mediante e.....