Mediante Nº PJ0832010000527 en la Audiencia Preliminar de Mediacion mediante Convenimiento Homologado, las partes ciudadanos: Susana Vanesa Mora Arias y Ernesto Alejandro Branchi, convenieron en fijar para su hijo una Obligacion de Manutencion de Trescientos Bolivares (Bs. 300) mensuales, mas Doscientos Bolivares (Bs. 200) por concepto de Bono Alimentario (Cesta Ticket) entregado los dias 13 al 20 de cada mes. Igualmente para el mes de Diciembre de cada año le entregara a la madre para su hijo la suma de Trescientos Bolivares (Bs. 300). Entregara el Juguete o dinerario que le entreguen para su hijo por concepto de Bono de Juguetes y cubrira el Cincuenta por Ciento de Gastos Medicos, Medicinas, etc.