Con fundamento a lo antes expuesto, el JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS TINACO Y LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana LILIBETH MAGDALENA GUARDA PEREZ, actuando en representación del niño XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX contra el ciudadano WOUSER SHEINER FERNANDEZ CANELONES, ya identificado, por pago de Pensiones de Alimentos atrasadas no canceladas; en consecuencia debe cancelar las Pensiones de Alimentos correspondiente a los meses de Febrero 2003 a Noviembre de 2003, de la siguiente manera: a razón de VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,00) desde Febrero 2003 hasta Octubre de 2003 y el mes de Noviembre de 2003, a razón de SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA CON CUARENTA CÉNTIMOS (Bs. 76.660, 40), lo que ascendiendo a un total de TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS VEINTE BOLÍVARES CON OCHENTA CÉNTIMOS (Bs......