-VI-
DECISION
Por las razones anteriormente expuestas este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES CON COMPETENCIA EN EL TERRITORIO DE LOS ESTADOS COJEDES, ARAGUA Y CARABOBO, CON SEDE EN SAN CARLOS, actuando en sede constitucional y administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: COMPETENTE para el conocimiento de la presente acción y en consecuencia declara INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional intentada por el apoderado judicial del ciudadano JUAN CARLOS PEREZ ABARRIO venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N°V- 6.507.416, domiciliado procesalmente en la calle Piar, casa sin número, sector Pueblo nuevo, de la ciudad de Tinaquillo, Municipio Falcón del estado Cojedes.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión. Publíquese y regístrese.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior .....