VI.- Decisión.-
En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera
Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes,
Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,
conforme a derecho, declara: Primero: Procedente la medida preventiva típica de Prohibición de
Enajenar y Gravar solicitada por la abogada Olis Ayaris Farías Villaroel en su carácter de apoderada
judicial del ciudadano Víctor Natalio Franco Blanco, parte demandante, en contra de la ciudadana Ulma
Josefina Méndez Colmenares, sobre un (01) bien inmueble, propiedad de la demandada Ulma Josefina
Méndez Colmenares, de un lote de terreno y sus bienhechurías, según se evidencia del Título de
Adjudicación en Propiedad, otorgado por el Instituto Nacional de Tierras Urbanas y protocolizado por ante
la Oficina de Registro Público del Municipio Anzoátegui del Estado Cojedes, quedando.....