-IV-
Decisión
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Niega la Medida Cautelar Autónoma a la Continuidad de la Producción Agraria, solicitada por el Ciudadano Matías Enrique Granadillo Pineda, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.533.497, debidamente asistido por la Abogada Maribel del Carmen Alarcón Guillen, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.472.256, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 91.274, con domicilio procesal en el Fundo Altamira, ubicada en el Municipio Girardot, Sector Caño Negro del estado Cojedes. Así se decide. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.