IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos: Carmen Josefina Quintero Escorcha y Pablo José Lima Rondón, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad NºV-13.441.618 y V-9.108.011, respectivamente, con fundamento en la jurisprudencia 1070/2016, proferida de la Sala Constitucional; y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día tres (03) de abril de 1985, según Acta de Matrimonio Nº10, Tomo 01, Folio 27,28 y 29, Año 1985. Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y particípese a la Unida.....