Por las razones de hecho y de derecho, precedentemente expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Separación de Cuerpos de los cónyuges JHOAN MANUEL CHIRIVELLA PERDOMO y AURIMAR DEL VALLE MARQUEZ LINAREZ, titulares de las cédulas de identidad Nº V-24.709.874 y V-24.741.244, respectivamente, domiciliados el primero en la Urbanización Los Jardines, Calle Principal, Casa Nº 54, San Carlos, Estado Cojedes, y la segunda en la Urbanización Los Jardines, Calle Principal, Casa Nº 91, San Carlos, Estado Cojedes; y en consecuencia los declara SEPARADOS DE CUERPOS, a partir del día de hoy 04 de Junio de 2015, bajo las condiciones estipuladas en el escrito que encabeza la presente solicitud. Así se decide.-