Esta juzgadora administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Con lugar la demanda de Divorcio, fundamentado en la causal 2º del Artículo 185 del Código Civil Venezolano, incoado por el ciudadano Eli Saúl Vargas Velásquez, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº V- 19.888.683, contra la ciudadana Cesdianny Marilin Solorzano Galindez, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº V-24.709.632. Así se decide.
Segundo: Realícense las participaciones correspondientes. Así se decide.