IV
DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CARLOS Y RÓMULO GALLEGOS, TINACO LIMA BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, no habiendo oposición y sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, declara bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para acreditar a los ciudadanos JOSÈ LUIS CÀRDENAS GÒMEZ, ELSYS YAUDELIS CÀRDENAS GÒMEZ, JOSÈ ARÌSTIDES CÀRDENAS GÒMEZ y ANA INÈS OVIEDO DE CÀRDENAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-10.992.262 V- 9.539.927, V-9.539.930, V-3.691.974 respectivamente como ÙNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, con vocación hereditaria sobre el acervo de bienes del fallecido, JOSÈ ARÌSTIDES CÀRDENAS VARGAS (+) quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. .....