Este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Resuelve:
Primero: Con lugar la demanda de Obligación de Manutención incoada por la ciudadana Ana Isolina Quiara Escobar, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.414.053 en contra del ciudadano Juan Manuel Pinto Aranguren, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.970.041, a favor de su hijo Se omite nombre de conformidad con lo establecido en el artículo 65 Lopnna de un (01) año de edad. Así se decide.
Segundo: con lugar la demanda sobre el establecimiento de la obligación de manutención, incoada por la ciudadana Ana Isolina Quiara Escobar, en consecuencia, se establece el monto de la Obligación de Manutención, a favor del niño Se omite nombre de conformidad con lo establecido .....