Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos de la Circunscripción Judicial des estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de Bolívares por Intimación, incoada por el ciudadano JOSÉ LUIS MARTINS CONDECO, asistido por el abogado en ejercicio ELEAZAR ORLANDO ACOSTA OCHOA, en contra del ciudadano JOSÉ MANUEL AMBROSINO MÉNDEZ, todos suficientemente identificados en las actas. SEGUNDO: Al pago de la cantidad de CUARENTA MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 40.000,00) que es el monto adeudado y no pagado. SEGUNDO: La cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 6.000,00), por conceptos de intereses de Mora, calculados desde el 08 de septiembre de 2009, fecha en que se presentó el título cambiario, así como los intereses que se venzan durante el proceso. TERCERO: Las costas y costos procesales que se originen en la presente d.....