VI
DECISION
Por las razones expuestas, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: LA NULIDAD DE OFICIO de la decisión dictada en fecha 27 de Enero de 2014, cuyo auto motivado fue publicado en fecha 28 de Enero del año en curso, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: SE MANTIENE la vigencia del escrito acusatorio presentado por el Fiscal Primero del Ministerio Público en fecha 29 de Noviembre de 2013, por el delito de Extorsión. TERCERO: SE ACUERDA mantener la medida de privación judicial preventiva de libertad que pesa sobre el acusado de autos. CUARTO: SE ORDENA que un Juez distinto al que decidió, realice la respectiva audiencia preliminar y dicte nueva decisión prescindiendo de los vicios que originaron la nulidad de oficio, en el asunto seguido en contra de LUIS JAVIER PINTO DÍAZ,.....