VI.- DECISIÓN.-
Por las consideraciones que anteceden este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara SIN LUGAR la demanda por ACCIÓN MERO DECLARATIVA, intentada por el ciudadano ÁNGEL FORTUNATO PÉREZ SAAVEDRA, asistido por el abogado JOSÉ ALBERTO REYES, en contra de la ciudadana EVANGELINA FLORES, representada por sus apoderadas judiciales OSMARY VALE y YARGIS LUISMAR OJEDA, todos plenamente identificados en actas.
Se condena en costas a la parte demandante, conforme a lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.