IV
DISPOSITIVA
En mérito de lo antes expuesto, esta Jueza Superior III de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, Administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, salvaguardando el derecho constitucional de las partes a un juez imparcial, principio consagrado en el artículo 49 numeral 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: DECLARA CON LUGAR la INHIBICION propuesta por el ciudadano Juez II de la Corte de Apelaciones, FRANCISCO COGGIOLA MEDINA, en el asunto signado HK21-X-2016-000011, contentiva de la recusación presentada por la Abogada Diomires Margarita Escobar, en su carácter de Defensora Privada del ciudadano Luis Eduardo Izaguirre Lizcano, inhibición que se propone con fundamento en el artículo 89 numeral 1, en concordancia con el artículo 90, ambos del Código Orgánico Procesal Penal y ACUERDA oficiar lo conducente para convocar a un Juez Suplente de esta Cor.....