IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Anzoátegui de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos: JOSÉ EUGENIO LOYO y VILMA JOSEFINA OCHOA LAMEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- V-7.538.219 y V-10.321.490, respectivamente, con fundamento en la jurisprudencia 1070/2016, proferida de la Sala Constitucional; y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde la fecha (15) de Mayo de 1987, según Acta de Matrimonio Nº10, folio 15. Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y particípese al Oficina Municipal de Registro Civil San R.....