Valorados todos los elementos probatorios en el presente juicio, este Tribunal Mixto de manera UNANIME y previa deliberación bajo las formalidades previstas en el Código Orgánico Procesal Penal, procede a dictar sentencia en la causa 1M-111-07, EN CONSECUENCIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: PRIMERO: sancionar a la adolescente (Se omite identidad de conformidad con los articulos 545 y 65, paragrafo 2° de la LOPNA), por encontrarla responsable en la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS en grado de participación accesoria prestando auxilio o asistencia para que se realice "Campanera" de conformidad con lo previsto en los artículos 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en concordancia con el articulo 84 numeral 3ro del Código Penal, a la sanción de LIBERTAD ASISTIDA por DOS (2) AÑOS de conformidad con lo pr.....