Por todo lo antes expuesto este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la inhibición planteada en fecha dieciocho (18) de febrero de dos mil nueve (2009), por la Dra. Rosaura Herrera de Uzcategui, en su condición de Jueza Primera de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción judicial del estado Cojedes, para seguir conociendo del asunto principal signado con el Nº HP11-V-2007-000031, contentivo del Juicio de Privación de Patria Potestad, incoado por el ciudadano Jairo Gerardo Sulvaran, en contra de la ciudadana Nelenis Paulina Figueroa, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.-
Se ordena remitir mediante oficio, copia certificada de la presente decisión a la Jueza Inhibida,.....