D E C I S I Ó N
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, actuando en Sala Única, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO
1) A D M I T E el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Ernesto Fernándo Rojas González en su condición de imputado, contra el fallo proferido por el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en fecha ocho (08) de febrero de dos mil seis (2006), mediante el cual decretó al mencionado ciudadano, la medida de coerción personal prevista en el articulo 258 del Código Orgánico Procesal Penal