En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a derecho, declara PROCEDENTE la medida cautelar típica de Secuestro solicitada por la parte demandante en la presente causa, ciudadana MASSIEL ANJANETTE GUTIERREZ CAMACHO, plenamente identificada en actas, sobre un bien inmueble constituido por una casa de habitación signada con el número 7-37, construida sobre un lote de terreno que mide DIEZ METROS DE FRENTE (10Mts) de frente por DIECISEIS METROS (16Mts) de fondo, para un total aproximado de CIENTO SESENTA METROS CUADRADOS (160Mts2), ubicado en la calle Ricaurte de la ciudad de Tinaquillo, municipio Falcón del estado Cojedes, cuyos linderos son: Naciente: Terreno y casa de la sucesión de Víctor Manuel Hurtado Baez; Poniente: que es su.....