Por las razones expuestas, la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Se DECRETA DE OFICIO LA NULIDAD ABSOLUTA por inmotivado del fallo recurrido, dictado por el Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control N° 01, San Carlos, estado Cojedes, en fecha 08 de septiembre de 2014, y publicado su texto íntegro en fecha 15 de septiembre de 2014, mediante el cual se dictó sentencia condenatoria por el procedimiento de admisión de los hechos a los ciudadanos WILLIAN JOSÉ GUERRERO y MELBY DANIEL COLMENARES CASTILLO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, PRIVACIÓN ARBITRARIA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 174 eiusdem, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 111 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, y AGAV.....