IV
DISPOSITIVA
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE POR IRRECURRIBLE el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Abg. MERCY VALBUENA CUETO, Defensora Privada del mencionado encausado contra la decisión dictada en fecha 11 de Noviembre de 2011, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual entre otros pronunciamientos, mantiene vigente de la medida Judicial Privativa de Libertad decretada en contra del ciudadano JORGE LUIS RODRIGUEZ ARIZA.
Regístrese, déjese copia autorizada del fallo dictado. Remítase el presente cuaderno en su oportunidad legal a su Tribunal de origen Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circui.....