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IV
DECISIÓN
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Girardot de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR el Divorcio entre los ciudadanos: EUDER WILLIAMS HERRERA y PEDROZA JASPE DENIS YOSELIN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad NºV-13.970.822 y Nº V-16.159.219, respectivamente, con fundamento en la jurisprudencia 1070/2016, proferida de la Sala Constitucional; y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día 19 de marzo de 2005, según Acta de Matrimonio bajo el Nº 05, folio Nº17,18,19,20, del año 2005. Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimi.....