DISPOSITIVA
Ahora bien del análisis efectuado al Contrato de Fianza, supra identificado, se constata que la misma no es suficiente, por haber sido condicionada su vigencia y constituida a favor de este Organo Jurisdiccional, razón por la que este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley NIEGA la admisión de la FIANZA presentada por la parte querellada, constituida por la Sociedad de Comercio CONSORCIO FINANCIERO INTERNACIONAL L. C., S.A.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, en San Carlos, a los dos (02) días del mes de junio del año dos mil siete (2007). Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.-
El Juez Provisorio,
Abg. LUIS ERNESTO GOMEZ SAEZ.-
El Secretario,
Abg.....