Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: Declara: PRIMERO: CON LUGAR el único motivo delatado por el recurrente, en virtud de asistirle la razón a este último.- SEGUNDO: se declara la NULIDAD PARCIAL del fallo proferido por la recurrida el 25 de febrero de 2008 en lo que respecta al punto mediante el cual se CONDENÓ POR UNANIMIDAD al ciudadano Héctor Alexander Ortega Meza, a cumplir la pena de cinco (5) años de prisión, por considerársele responsable y en consecuencia culpable del delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, imputado en la presente causa por la representación fiscal; quedando incólume y/o firme el fallo adversado por no ser objeto de impugnación, respecto al punto decisorio mediante el cual ABSOLVIO al ciudadano Eliu Ochoa Jaimes, de las caract.....