Por las razones y argumentos expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la ley, ordena en forma sumaria al Registro Civil de la Parroquia Manuel Manrique, Municipio Autónomo San Carlos del estado Cojedes y al Registro Principal del Estado Cojedes estampar la debida nota marginal en la Partida de Nacimiento previamente determinada así: Donde dice: "...CONSEPCIÓN..." Que es incorrecto, debe decir y leerse: "...CONCEPCIÓN..." que es lo correcto. Igualmente notifíquese mediante oficio de la presente decisión a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX), adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Interior y Justicia, con sede en la ciudad de San Carlos, estado Cojedes. Así se decide.