Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto Superior Accidental del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación, formulado por las abogadas BLANCA MARINA OJEDA SOLÁ Y CAROLINA DE LOS ANGELES ARMAS GONZALEZ, inscritas en el I.P.S.A. bajo los Nros. 24.163 y 107925, respectivamente; contra de la Sentencia Definitiva de fecha veinticinco (25) de febrero de dos mil ocho (2008), que declaro parcialmente con lugar la demanda, incoada por los ciudadanos: MARIA ZORAIDA GUEDEZ, LUIS ALFONSO ROBLES CARRILLO, YSABEL AIDES CORDERO DURAN, MANUELA GALLEGOS, FLOR MARIA BRITO, NELLYS MILAGRO LEON SAN MIGUEL, RAUL ANTONIO VILLEGAS, DOLORES RAMONA AGUILAR SILVAS, CARMEN JOSEFINA GONZALEZ URBANO, CARMEN MARIA MATUTE GAMEZ Y AURA ISIDRA GUERRA, venezolanos, titulares de las Cédulas de identidad Nros: 3.690.287, 13.927.293, 7.535.9.....