-V-
Decisión
Por la razones expuestas en la presente medida y en torno al articulado legal y constitucional supra reseñado en la misma, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Se Declara Competente para conocer de la presente Solicitud de Medida Autónomade Protección a la producción, en atención a lo establecido en el artículo 197, numeral 15 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide. Segundo: Inadmisible la solicitud de Medida Autónoma de Protección, presentada en fecha 29 de enero de 2021, por la Ciudadana Teresa del Carmen Chacón Roa, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.141.744 asistida por los Abogados Janan Naim Nim y Paul Newbury Thomas Vielma, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-17.888.845 y V-9.879.956 respectivamen.....