Por las razones y argumentos expuestos, este Juzgado del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la ley, conforme a derecho, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO incoada por la ciudadana JEANETTE LUCILA JOYA FLORES, respecto al hecho de que en su Partida de Nacimiento se corrija el nombre de su madre es decir donde dice y se lee: ANA AYDEE FLORES, debe decir y leerse: ANA HAYDEE FLORES, que es lo correcto.
SEGUNDO: Se ordena oficiar lo conducente en su oportunidad al ciudadano Director del Registro Civil del Municipio Falcón del estado Cojedes y al Registrador Principal del estado Cojedes, a los fines de que se sirvan estampar la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento (Nº 218), (Tomo II), (Folio vto 112) (Año 1978) de la ciudadana JEA.....