este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO COJEDES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, incoada por el Fiscal Quinto del Ministerio Público en contra del imputado (Identificación que se omite a tenor de lo dispuesto en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente), y a quien se le sigue procedimiento por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal con la aplicación de la agravante prevista en el artículo 358 del mismo texto legal, en su tercer aparte de su Reforma Parcial en perjuicio de los ciudadanos SEQUERA FARFAN EUGENIO ANTONIO, GOEZ DE SALCEDO GLORIA DEL CARMEN y SIMPLICIO PEREZ, por lo que se ordena su Enjuiciamiento de conformidad con el articulo 579 de la LEY .....