Por cuanto lo solicitado no es contrario al orden público, a las buenas costumbre ni a disposición expresa de la Ley, se admite cuanto ha lugar en derecho, háganse las respectivas anotaciones estadísticas en los libros correspondientes y se fija el tercer (3er) día de despacho siguiente, a las 10:00 a.m, para oír el testimonio del ciudadano. AREVALO OCTAVIO ESPINOLA MUJICA, titular de la cedula de identidad Nº 8.667.793 y a las 10:30 a.m. para oír el testimonio del ciudadano, RICHARD ALEXANDER GONZALEZ ALVARADO, titular de la cedula de identidad Nº. 14.573.635, a quienes la parte interesada presentará en la oportunidad fijada.