En fuerza de los razonamientos y consideraciones antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO COJEDES, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA: Rectificar el Acta de Nacimiento inscrita en el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevados por ante la Prefectura del Municipio Autónomo San Carlos (hoy Registro Civil) del Estado Cojedes, durante el año 1973, bajo el No. 1.065, folio vuelto del 540, cuyo duplicado es archivado por el Registro Principal del Estado Cojedes, y en tal sentido donde se lee: "......GREGORIA TORRES DE COSENZA......", debe leerse: "......URBANA GREGORIA TORRES DE COSENZA......".
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión para ser agregada al libro respectivo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Igua.....