Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la Apelación, formulada por el Abogado, Juan Ignacio Villaquiran; quien está inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 21.194; mediante diligencia que corre al folio 45, de fecha Veintitrés (23) de Mayo del año 2005, en el juicio que por Cobro de Prestaciones Sociales intentare la Ciudadana Nelly Felipa Farfán, quien es venezolana, mayor de edad, hábil en derecho titular de la Cedula de Identidad N° V-10.323.343, en consecuencia queda revocada la Sentencia Recurrida, ordenándose al Centro de Atención Nutricional Integral Infantil Cojedes (FUNDANIDES) al pago QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO SECENTA Y DOS BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 589.162,00); discriminados de la siguiente manera:
¿ Antigüed.....