Es por lo que, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA, la conciliación celebrada entre las partes ya identificadas en los siguientes términos: El padre se compromete a entregar personalmente a la madre MARIA ALEJANDRINA ROJAS BOLIVAR, la cantidad de doscientos mil (200.000,ºº), a razón de cincuenta mil (50.000,ºº) bolívares semanales, por concepto de Obligación Alimentaría a favor de los niños XXXXXXXXXX, XXXXXXXXXXXXXXXX y XXXXXXXXXXXXXXXXXX, de diez (10), ocho (08) y cinco (05) años de edad respectivamente; asimismo, el padre asumirá los gastos ocasionados por medicinas, consultas medicas de sus hijos e igualmente los gastos que por conceptos de útiles escolares y decembrinas requieran los mismo. En consecuencia esta juzgadora, imparte su aprobación, homologando la conciliación, a si mismo procédase al respe.....