IV
DECISIÓN
Por todo lo antes expuestos, vista la solicitud presentada y estudiado el caso; éste Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: "Declarar bastantes y suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a la ciudadana ROSELINA ANDREA CHIQUITO COLAVITA, titular de la cedula de identidad Nros. V-27.953.763,en su condición de hija, el carácter de heredera de la ciudadana fallecida Loris Martina Colavita Nardella (+), quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.670.810, quien falleció el día veinte (20) de Diciembre del año Dos Mil Cinco (2005), en la Avenida Bolívar C/C Federación, Edificio Central, Piso 1, Apartamento 1 de la ciudad de San Carlos del Estado Cojedes, como ha quedado proba.....