-III-
DECISIÓN
Ante los razonamientos de hecho y de derecho aquí expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Carlos y Rómulo Gallegos, Tinaco y Lima Blanco, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: La perención de la instancia en la presente solicitud dedeclaración de únicos y universales herederos (perpetua memoria), presentada por la ciudadanaKarlenys del Carmen Galindez Cordero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-24.245.749, domiciliada en la universidad Deportiva del Sur, calle Nº 04, casa Nº 05, San Carlos, estado Cojedes, actuando en su propio nombre y en representación del ciudadano Carlos Antonio Galindez Cordero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula Nº V-28.241.847,
asistida por la abogada en ejercicio Carmen María Lamas, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 11.964.740,.....