- IV-
DECISIÓN.
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario, de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE, la demanda de Cumplimiento de Contrato, presentada por la ciudadana LISOLETT ANAIS YOYOTE ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.257.466, debidamente asistida por el profesional del derecho LUIS JOSÉ ZAPATA CANCINES, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº. V-12.367.362 e inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogados bajo el Nª 163.811, contra la Empresa SELIM CONSTRUCCIONES, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes en fecha 23 de agosto de 2006, quedando anotado bajo el número 75, tomo 7-A, representada por el hoy difunto ciudadano JE.....