PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por el Profesional del derecho ABG. JORGE VILORIA CASTILLO, en su carácter de Defensor Público Auxiliar Tercero con Competencia en el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, adscrito a la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Zulia, actuando en representación de la joven adulta (IDENTIDAD OMITIDA conforme a los artículos 545 y 65 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), en contra de la decisión Nro. 0601-26 de fecha 05 de julio del año 2026, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, conforme lo establece el artículo 608 literal G de la Ley Especial Adolescencial.
SEGUNDO: ADMISIBLE el escrito de contestación, interpuesto por las Profesionales del Derecho ÁNGELA FRANCHESCA IGUARÁN URIBE, en su carácter de Fiscala Provisoria y BETSIREE DEL CARMEN BERMÚDEZ ORTEGA, en.....