Por todos los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos RAMMARIT CHIQUINQUIRA PEREZ SALAS y AUDIO ENRIQUE PEÑA URDANETA, en fecha quince(15) de Noviembre del año 2.013, por ante la unidad de registro civil de la parroquia Francisco Ochoa del Municipio San Francisco del Estado Zulia, según consta de acta Nº 219 Así se decide.