PRIMERO: SIN LUGAR el RECURSO DE HECHO interpuesto por el profesional del Derecho Carlos Guillermo González, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano VICTOR GERMAN ARRIETA GARCÍA, contra el auto dictado en fecha siete (07) de agosto de dos mil veinticinco (2.025), por el por el TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto dictado en el auto dictado en fecha siete (07) de agosto de dos mil veinticinco (2.025), por el TRIBUNAL DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO, en el sentido de que el Tribunal A-quo no oiga el Recurso de Apelación ejercido por el prenombrado profesional del Derecho, contra la sentencia dictada por el prenombrado órgano jurisdiccional el día veintiocho (28) de ju.....