Por todas las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones con competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Extensión Maracaibo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: SE ADMITE el Recurso de Apelación de Autos, interpuesto por el Profesional del Derecho DEIVY JOSE OCANDO MONTIEL, en su carácter de Defensor Privado del ciudadano: NERIO SEGUNDO GONZALEZ GONZALEZ INDOCUMENTADO, contra la decisión No. 0259-25, emitida en fecha cinco (05) de febrero del 2025, por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia en Funciones de Control, Extensión Villa del Rosario, Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 439 numeral 5º del Texto Adjetivo Penal.
SEGUNDO: SE ADMITEN las pruebas promovidas por el recurrente en virtud de ser necesarias, útiles y pertin.....