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| Decisiones del dia 30/05/2006 |
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| N� Expediente :
8383
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N� Sentencia :
280
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Fecha: 30/05/2006 |
Procedimiento: Separación De Cuerpos Y Bienes |
Partes: CIUDADANOS: ADRIANA FRANCO GONZALEZ Y ANTONIO ELI CHACON MENDOZA. |
Resumen:
Resuelve:
a. Se decreta la Separación de Cuerpos y Bienes, que ante este Despacho, solicitaron los ciudadanos: ADRIANA FRANCO GONZALEZ y ANTONIO ELI CHACON MENDOZA.
b. En cuanto a la Patria Potestad de los niños ELI SANTIAGO Y JUAN PABLO CHACON FRANCO. A la misma será compartida por ambos Padres; la Guarda y Custodia de los niños de autos será ejercida por la progenitora; en cuanto al Régimen de Visitas se acoge lo acordado entre las partes y sobre la Pensión Alimentaría, el progenitor se compromete a suministrarle una pensión de SETESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 700.000,00) mensuales, dicha cantidad se depositará en la cuenta de ahorro personal de la madre, en el Banco Occidental de Descuento en la cuenta No. 01160127890185867375, además se obliga a contribuir en las necesidades básicas y primordiales como: consultas médicas, pediátricas, ortopédicas y cualquiera otra necesidad que incida en la salud y bienestar de los niños, así como también en los gastos médicos y educación,.....
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Juez/Ponente:
Inés Hernández Piña
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Organo:
Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente
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| N� Expediente :
8024
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N� Sentencia :
252
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Fecha: 30/05/2006 |
Procedimiento: Ratificación De Partida De Nacimiento |
Partes: ADOLESCENTE WILINGTON JUNIOR MANTILLA |
Resumen:
declara:
a) CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento del adolescente WILINGTON JUNIOR MANTILLA, identificado con el Nº 1379, del libro de Registro de Nacimiento que reposa en el archivo de la Jefatura Civil de la Parroquia Bolívar, Municipio Maracaibo, Estado Zulia.
b) De conformidad con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil se ordena la inserción integra de esta sentencia en los libros de nacimiento del año en curso, original y duplicado, llevado por la Jefatura Civil de la Parroquia Bolívar, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, sin hacer alteración de la partida rectificada, colocando al margen de esta última una nota marginal señalando que la misma fue objeto de rectificación según la presente sentencia, con indicación del número, libro y fecha en la que quedó inserta esta sentencia en dicho libro.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia certificada por secretaria de conformidad con el artículo 248 ejusdem
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Juez/Ponente:
Inés Hernández Piña
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Organo:
Tribunal Segundo de Protección del Niño y Adolescente
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