Por todo lo anteriormente expuesto este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL ESTADO ZULIA; Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en Audiencia Oral y Pública efectuada el día de hoy, dando cumplimiento a los principios rectores y de las garantías previstos en el Código Orgánico Procesal Penal para la realización de un Juicio Previo y un Debido Proceso, así como también observando las formalidades de Ley, este Tribunal en forma Unipersonal, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Vista la admisión pura, simple, sin coacción, presión ni apremio por parte del acusado ANGEL ALBERTO FARIAS MORAN, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD V.- 26.845.228, este Tribunal declara procedente la solicitud de la aplicación del procedimiento especial por Admisión de Hechos, y en este sentido se condena al ciudadano ANGEL ALBERTO FARIAS MORAN, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD V.- 26.845.....