IV
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Inadmisible la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, interpusiera los ciudadanos BARBARA MARIA PETTIT CARDOZO y MOREL JOSE MILLAN QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de Identidad Nros. V-22.369.642 y V-25.012.865, domiciliado en esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, y consecuencialmente terminado el presente procedimiento, y se ordena el archivo de la solicitud.
Se acuerda remitir la presente solicitud a la Oficina de Archivo Judicial, previa inclusión en el legajo correspondiente.
Publíquese. Regístrese.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de.....