Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Décimo Primero de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declara procedente el llamamiento de terceros, solicitado por la parte demandada, entidad de trabajo Banco Nacional de Crédito C.A, Banco Universal y, en consecuencia, llamase como Terceros Intervinientes en la presente causa, a las entidades de trabajo Banco Occidental de Descuento, Banco Universal C.A y la Junta Liquidadora del Banco Occidental de Descuento, Banco Universal C.A. Así mismo se ordena notificar al Procurador General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 108 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Se ordena exhortar a los tribunales de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la zona Metropolitana de la ciudad de Caracas, a los fines de la respectiva notificación al Procurador.....